19 al 25 de abril - Semana de los Pueblos Indígenas del Abya Yala

Comunidad Indígena Kondorwaira Salta
Andrés Corbo

Semana de los pueblos Indígenas del Abya Yala 

Abya Yala es el nombre que se da al continente en contraposición a la designación de América, y que literalmente significa tierra madura, tierra viva o tierra de sangre vital.... Es un símbolo de identidad y de respeto por la tierra que habitamos, construyendo un sentimiento de unidad y pertenencia. 

¿Cómo se instala la fecha?

Todos los 19 de Abril se celebra el Día del aborigen americano, establecido en 1940, tras la realización del Primer Congreso Indigenista Interamericano, en Pátzcuaro (México), convocado por el entonces presidente mexicano Lázaro Cárdenas, quien era a su vez descendiente de aborígenes. 

Allí se reunieron por primera vez representantes de la mayoría de las culturas indígenas del continente para analizar su situación y buscar soluciones en común.  Argentina adhirió al documento de Patzcuaro e instituyó el 19 de abril de 1945, mediante el Decreto 7550 del Poder Ejecutivo Nacional, el "Día Panamericano del Indio". Ya en la década de los ochenta, el Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA) promovió en Argentina la “Semana del Aborigen”, del 19 al 25 de abril de cada año, con el objetivo de visibilizar su realidad, sus luchas y la riqueza de sus culturas. A partir de 1992, esa fecha pasó a denominarse Semana de los Pueblos indígenas.

Identidad Indígena en Argentina

El más reciente censo nacional de 2010 arroja un total de 955.032 personas autoidentificados como descendientes o pertenecientes a un pueblo indígena. Son más de 40 Pueblos indígenas, de los que 35 están oficialmente reconocidos. Estudios científicos determinaron que el 56% de la población tiene en su genética algún rastro indígena. Aun así, un discurso recurrente se refiere a los pueblos originarios como un hecho del pasado y no como una cultura que está viva y presente en la actualidad

En cuanto a derechos constitucionales en Argentina, la Constitución de 1994 incorpora el reconocimiento de los derechos indígenas, artículo 75 inc. 17, donde, entre otros derechos, se reconocen: 1. Posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. 2. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. 

Además, están vigentes con rango constitucional, el Convenio 169 de la OIT y un conjunto de tratados internacionales de derechos humanos, que de acuerdo al artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, forman parte del bloque de constitucionalidad, y que incluyen, entre otros, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, etc.  

No obstante existir un marco normativo suficiente, y actores institucionales pensados para llevar adelante políticas públicas específicas, lo cierto es que el incumplimiento de los derechos sigue siendo una constante. 

El colonialismo, la identidad invisibilizada.

El “arribo de los conquistadores”, que se produjo hace menos de veinte generaciones, trajo consigo una visión de mundo y una cultura que se impuso violentamente a la de los habitantes de estas tierras, y que sigue invisibilizando hoy en día identidades, derechos, cosmovisiones, espiritualidades, costumbres y prácticas. Día a día la invisibilización opera en el avasallamiento de los territorios, los cuerpos y la cultura de los pueblos indígenas. Permite que se desconozcan sus derechos y, sobre todo, que no se apliquen las leyes, que ya fueron legisladas, a favor del reconocimiento de los pueblos preexistentes que reproducen la vida en estas tierras, en sus Territorios de Vida.

Entonces, ¿Qué conmemoramos en esta semana?

La Semana de los Pueblos indígenas permite potenciar la lucha de los pueblos indígenas por una reparación histórica que logre reconocer la figura de la propiedad comunitaria de sus territorios, que se garantice la educación bilingüe e intercultural, la autodeterminación, la participación, consulta obligatoria y consentimiento previo, libre e informado, entre otros derechos legislados. 

Que se logre construir y/o hacer cumplir políticas públicas para atender las necesidades de salud, educación, nutrición, conectividad, visibilidad, autonomía y soberanía de los pueblos indígenas…. Un proceso de reparación que provea de medios, reconozca y legitime el rol de los pueblos indígenas como guardianes del territorio, de su cultura y saberes ancestrales, de la biodiversidad y del cuidado del ambiente en el que habitan, de sus Territorios de vida. 

 

 

 

 

Comentarios

Comentario
Es una tremenda injusticia que estando reconocidos los derechos de los pueblos indígenas por la Constitución y por los tratados internacionales que tienen fuerza de ley, esos derechos suenen a utopía. Hasta cuándo??? Me pregunto. Es una injusticia y una vergüenza que tiñe a todos los gobiernos casi desde el comienzo del Estado Argentino!!!!

Comentario
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